El Régimen Tributario Especial - RTE, corresponde a un conjunto de normas tributarias aplicadas a un grupo de entidades, cuya finalidad es el desarrollo de su actividad meritoria y la ausencia de ánimo lucro, lo que le permite obtener beneficios tributarios a la hora de declarar el impuesto sobre la Renta y podrá ser receptora de donaciones con un beneficio tributario directo para el donante.
Las entidades que pertenecen al Régimen Tributario Especial tienen un tratamiento diferencial en el impuesto sobre la renta, pues están sometidas a la tarifa especial del veinte por ciento (20%) sobre el beneficio neto o excedente determinado en un periodo gravable, y que, además probablemente tendrá el carácter de exento cuando se destine directa o indirectamente, en el año siguiente a programas que desarrollen un objeto social.
Actualización del registro WEB:
ESAL y entidades del sector solidario pertenecientes al RTE.
Todos los años hasta del 31 de marzo.
Calificación
ESAL nuevas, que renunciaron o que hayan sido excluidas del RTE y solicitan ingresar nuevamente -una vez hayan transcurrido un año de la exclusión-.
Aquellas ESAL que no presentaron el proceso de Actualización del registro web articulo 1.2.1.5.1.46 Decreto 2150 de 2027.
Durante el año gravable 2023 la asociación presento el tramite de Calificación por primera vez ante la Dian. A continuación se relaciona toda la documentación enviada de conformidad a la Ley 1819 de 2026, Ley 2010 de 2019, Decreto 2150 de 2017, Resolución 00019de 2018, Decreto 1778 de 2021 y Concepto Unificado ESAL 481 del 27 de abril de 2018.
Certificación de Requisitos del representante legal o revisor fiscal en el que evidencie que han cumplido con todos los requisitos durante el respectivo año. (numeral 13 del parágrafo 2 del artículo 364-5 E.T.)
2. Copia de la escritura pública, documento privado o acta de constitución en donde conste que está legalmente constituida.
3. Los estados financieros de la entidad.
4. Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, en el cual figuren sus administradores, representantes y miembros del consejo u órgano directivo cuando hubiere lugar a ello.
5. Copia del acta de la Asamblea General o máximo órgano de dirección, en la que se autorice al representante legal para que solicite que la entidad permanezca y/o sea calificada, según sea el caso, como entidad del Régimen Tributario Especial del Impuesto sobre la Renta.
6. Copia de los estatutos de la entidad o Acta del máximo órgano directivo donde se indique que el objeto social principal corresponde a una actividad meritoria, que los aportes no son reembolsables, que sus excedentes no son distribuidos y que se identifiquen los cargos directivos de la entidad. (numeral 4 del Art. 1.2.1.5.1.8).
7. Certificación del Representante Legal de los antecedentes judiciales y de declaraciones de caducidad de contratos estatales de los miembros de la junta directiva, fundadores, representantes legales o miembros de los órganos de dirección de conformidad con el numeral 3 artículo 364-3 E.T.
8. Solicitud Régimen Tributario Especial Formulario Presentado 5245
9. CERTIFICACIÓN CARGOS DIRECTIVOS Y GERENCIALES 3.500 UVT